jueves, 26 de agosto de 2021

B- COMO PUEDE DIFERENCIARSE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y QUE TIPO DE DERECHO TUTELA A CADA ACTIVIDAD


1 comentario:

  1. Hola Buenas noches Emerlinda! Muy buena la información. Me gustó la forma como comenzaste definiendo los dos tipos de actividad y luego pasaste a resaltar las diferencias entre ambas. Creo que a parte del hecho de que una la ejerce el Estado y la otra la ejercen entes privados, la mayor diferencia está en lo que buscan: la primera, generar bienestar satisfaciendo necesidades públicas o colectivas, la otra generar ganancias satisfaciendo necesidades individuales, es decir, proporcionando la oferta para cubrir la demanda.

    Saludos cordiales!

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